La Irrupción Constitucional en tránsito del covid19.
Del
escritorio del: General y Licenciado FRANCISCO BERMÚDEZ A
Guatemala,
27 de julio del año 2020. “Año de la Reconstitución Nacional”
La Irrupción
Constitucional en tránsito del covid19.
Si bien la crisis del sector
justicias ha sido evidente desde hace varios años, décadas quizás, se agudiza
cada día más, conteniendo entre otras, una flagrante violación constitucional
desde el mes de septiembre en que debieron ser reemplazados los magistrados de
la CSJ, la cual se interrumpió por un fallo que suspendió el proceso y ordeno
reiniciarlo, sin considerar las graves violaciones que esto consideraba. Ahí inicia
el fraude a la constitución, e incluso al proceso electoral, cuando los magistrados
de la CC indirectamente permiten que se prolongue el periodo Constitucional de
ejercicio de los magistrados de la CSJ. Esto es un claro ejemplo, que lo pueden
hacer con cualquier tipo de elección, incluso presidencial (hay serios indicios
de anomalías en el ultimo proceso), acciones que se han reflejado en la
arbitrariedad de consentir, elecciones de alcaldes y su toma de posesión por
alegatos (en proceso) no permitiendo que asuman los funcionarios. Consienten un
precedente nefasto de irresponsabilidad y arbitrariedad intencional, lo que los
convierte en actores de un delito constitucional, o bien de utilizar sus
facultades para generar la comisión de delitos subsecuentes, los fallos de esta
Suprema Corte, ilegal.
Este es el hecho de generación más
relevante hasta el momento, pero nos enfrentamos a unas Corte de Constitucionalidad,
que ha cometido actos totalmente arbitrarios en contra de las Constitución, y
que se han convertido en supra corte, sin atender o más bien cumplir su mandato
de salvaguardias de la Constitución. Demostrando que fue un gran error crearla.
Se debió haber seguido con el sistema clásico de CSJ, en la cual se conformaba
un tribunal constitucional cuando el caso lo ameritaba.
Todas estas resoluciones tanto de
la CC como de CSJ han sido insolutas y generadoras de una incertidumbre legal
en nuestro país. A este “entuerto” se le debe agregar los irresolutos dictámenes
o fallos del Tribunal Supremo Electoral, los cuales han contribuido a la
formación de dudas y sospechas en la ciudadanía sobre los procesos electorales
y cuyos personajes internos del Tribunal, del Registro y otros, han aunado a la
duda y no a la transparencia y confianza ciudadana. Permitiendo “dudas
razonables” en torno a la veracidad de los resultados electorales y poniendo en
duda la designación popular. Ejerciendo el poder de hecho y no de derecho.
La crisis se torna “in crescendo”
conculcando los estadios del poder y la estabilidad del país y sus autoridades.
La indiferencia es tal y la pandemia nos atribula de tal manera que perdemos de
perspectiva lo flagrante del “delito constitucional”. Lo singular del caso es
que se percibe un contubernio con el gremio de abogados (silencio, “peccatum
omissionis”), a excepción de algunas voces y organizaciones gremiales “disonantes”
contra el “statu quo”, en donde en franco contubernio se distorsiona la
justicia, por la corrupción e intereses jurídicos perniciosos.
Ataque a mansalva a la Justicia,
uno de los tres poderes clásicos de la República, como sistema de gobierno por
el cual hemos optado, fue tomado y desde este “buro jurídico” pretenden dominar
el accionar del Estado, “crassa error”. Pretendiendo adulterar por falacias ilegales
la Constitución, y dándole interpretaciones arbitrarias que retroceden los
avances democráticos de nuestro país, y del derecho Constitucional. Olvidando
que el poder radica en el pueblo, y nadie se puede atribuir este fin, sin su
consentimiento. La soberanía ciudadana no es sujeta de interpretaciones y mucho
menos de pretender establecer doctrinas que no hayan sido “consultadas” con los
ciudadanos.
Con estos inexplicables hechos y
actitudes de los dos órganos, CC, CSJ, de jurisdicción legas, los cuales, como
se ha dicho generaron un “entuerto”, se tornó
inviable su actuación, le han fallado “al
ciudadano” han gestado un delito en contra del orden Constitucional establecido,
y esto, debe ser corregido. He ahí el dilema, quien corrige la arbitrariedad de
los “hombre” no de la ley, son sus actos personales los que causan delito y
lo peor discordia social, más atroz.
Ante tales circunstancias el llamado
es al actuar de la “República” tres
poderes independientes con un bagaje de leyes que les otorgan sus atribuciones
y en cuya relación priva la no interferencia, como acto doctrinario de orden político
fundacional. En tal sentido lo que se espera es que de los organismos de Estado
actué el representativo del pueblo, “El Legislativo o más conocido como
Congreso” Quienes son los electos por el pueblo para representarlos en todos
los actos que se refieran a su “bienestar y prosperidad” tal como lo dicta la
doctrina política. Derivado de estos preceptos de orden Estatal, es el congreso
quien debe corregir, como representante electo por el pueblo, a cualesquiera de
los otros que infrinjan o atenten contra la constitución y sus preceptos
fundamentales. Nadie puede ser “juez” y “parte” en un discurrir.
En este orden de ideas políticas y
legales, debemos incentivar al Congreso a que resuelva por una vía “sui generis”
el “entuerto” provocado por las Cortes, tanto Constitucional, Suprema como Electoral.
Y que con urgencia, reconstituyan el orden, el control y garantice la justicia,
prontas y legal. Siendo una oportunidad incluso de reivindicación ciudadana y
dignataria.
Con liderazgo y disciplina, salvemos Guatemala.Del escritorio del: General y Licenciado FRANCISCO BERMÚDEZ A
Guatemala,
27 de julio del año 2020. “Año de la Reconstitución Nacional”
La Irrupción
Constitucional en tránsito del covid19.
Si bien la crisis del sector
justicias ha sido evidente desde hace varios años, décadas quizás, se agudiza
cada día más, conteniendo entre otras, una flagrante violación constitucional
desde el mes de septiembre en que debieron ser reemplazados los magistrados de
la CSJ, la cual se interrumpió por un fallo que suspendió el proceso y ordeno
reiniciarlo, sin considerar las graves violaciones que esto consideraba. Ahí inicia
el fraude a la constitución, e incluso al proceso electoral, cuando los magistrados
de la CC indirectamente permiten que se prolongue el periodo Constitucional de
ejercicio de los magistrados de la CSJ. Esto es un claro ejemplo, que lo pueden
hacer con cualquier tipo de elección, incluso presidencial (hay serios indicios
de anomalías en el ultimo proceso), acciones que se han reflejado en la
arbitrariedad de consentir, elecciones de alcaldes y su toma de posesión por
alegatos (en proceso) no permitiendo que asuman los funcionarios. Consienten un
precedente nefasto de irresponsabilidad y arbitrariedad intencional, lo que los
convierte en actores de un delito constitucional, o bien de utilizar sus
facultades para generar la comisión de delitos subsecuentes, los fallos de esta
Suprema Corte, ilegal.
Este es el hecho de generación más
relevante hasta el momento, pero nos enfrentamos a unas Corte de Constitucionalidad,
que ha cometido actos totalmente arbitrarios en contra de las Constitución, y
que se han convertido en supra corte, sin atender o más bien cumplir su mandato
de salvaguardias de la Constitución. Demostrando que fue un gran error crearla.
Se debió haber seguido con el sistema clásico de CSJ, en la cual se conformaba
un tribunal constitucional cuando el caso lo ameritaba.
Todas estas resoluciones tanto de
la CC como de CSJ han sido insolutas y generadoras de una incertidumbre legal
en nuestro país. A este “entuerto” se le debe agregar los irresolutos dictámenes
o fallos del Tribunal Supremo Electoral, los cuales han contribuido a la
formación de dudas y sospechas en la ciudadanía sobre los procesos electorales
y cuyos personajes internos del Tribunal, del Registro y otros, han aunado a la
duda y no a la transparencia y confianza ciudadana. Permitiendo “dudas
razonables” en torno a la veracidad de los resultados electorales y poniendo en
duda la designación popular. Ejerciendo el poder de hecho y no de derecho.
La crisis se torna “in crescendo”
conculcando los estadios del poder y la estabilidad del país y sus autoridades.
La indiferencia es tal y la pandemia nos atribula de tal manera que perdemos de
perspectiva lo flagrante del “delito constitucional”. Lo singular del caso es
que se percibe un contubernio con el gremio de abogados (silencio, “peccatum
omissionis”), a excepción de algunas voces y organizaciones gremiales “disonantes”
contra el “statu quo”, en donde en franco contubernio se distorsiona la
justicia, por la corrupción e intereses jurídicos perniciosos.
Ataque a mansalva a la Justicia,
uno de los tres poderes clásicos de la República, como sistema de gobierno por
el cual hemos optado, fue tomado y desde este “buro jurídico” pretenden dominar
el accionar del Estado, “crassa error”. Pretendiendo adulterar por falacias ilegales
la Constitución, y dándole interpretaciones arbitrarias que retroceden los
avances democráticos de nuestro país, y del derecho Constitucional. Olvidando
que el poder radica en el pueblo, y nadie se puede atribuir este fin, sin su
consentimiento. La soberanía ciudadana no es sujeta de interpretaciones y mucho
menos de pretender establecer doctrinas que no hayan sido “consultadas” con los
ciudadanos.
Con estos inexplicables hechos y
actitudes de los dos órganos, CC, CSJ, de jurisdicción legas, los cuales, como
se ha dicho generaron un “entuerto”, se tornó
inviable su actuación, le han fallado “al
ciudadano” han gestado un delito en contra del orden Constitucional establecido,
y esto, debe ser corregido. He ahí el dilema, quien corrige la arbitrariedad de
los “hombre” no de la ley, son sus actos personales los que causan delito y
lo peor discordia social, más atroz.
Ante tales circunstancias el llamado
es al actuar de la “República” tres
poderes independientes con un bagaje de leyes que les otorgan sus atribuciones
y en cuya relación priva la no interferencia, como acto doctrinario de orden político
fundacional. En tal sentido lo que se espera es que de los organismos de Estado
actué el representativo del pueblo, “El Legislativo o más conocido como
Congreso” Quienes son los electos por el pueblo para representarlos en todos
los actos que se refieran a su “bienestar y prosperidad” tal como lo dicta la
doctrina política. Derivado de estos preceptos de orden Estatal, es el congreso
quien debe corregir, como representante electo por el pueblo, a cualesquiera de
los otros que infrinjan o atenten contra la constitución y sus preceptos
fundamentales. Nadie puede ser “juez” y “parte” en un discurrir.
En este orden de ideas políticas y
legales, debemos incentivar al Congreso a que resuelva por una vía “sui generis”
el “entuerto” provocado por las Cortes, tanto Constitucional, Suprema como Electoral.
Y que con urgencia, reconstituyan el orden, el control y garantice la justicia,
prontas y legal. Siendo una oportunidad incluso de reivindicación ciudadana y
dignataria.
Con liderazgo y disciplina, salvemos Guatemala.
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